Este viernes 20 de noviembre se pone en marcha la primera etapa del retorno gradual y paulatino del turismo en la provincia de Córdoba, tal como lo anunció el gobernador Juan Schiaretti a comienzos de semana
Con esta primera autorización, se pone en marcha el cronograma de apertura al turismo en la provincia. En este período, la circulación interdepartamental se irá abriendo para estos fines. Las fechas e información que hay que saber.
De esta manera, queda ratificado el esquema para el retorno del turismo a la provincia de Córdoba, tras estos ocho meses de pandemia.
Un dato importante para este viernes en particular es que, a los y las ciudadanas de Córdoba que se dirijan a sus domicilios de campo o veraneo no se les pedirá Certificado para Circular ni la App Cuidar, aunque sí se les pedirá que acrediten su vínculo/titularidad con la vivienda a la que se dirigen. Esto último oficiará de habilitación para circular.
Sin embargo, por ahora no están habilitadas las reuniones familiares y tampoco queda autorizada la circulación interdepartamental, excepto para personal esencial o exceptuado, o, desde ahora, para los fines turísticos que la provincia irá habilitando según el siguiente cronograma.
El cronograma de puesta en marcha del turismo en la provincia de Córdoba
-Viernes 20/11: se habilita la concurrencia a casas de veraneo para residentes en la provincia de Córdoba.
-Viernes 04/12: se habilita el turismo para todos los y las cordobesas, dentro del territorio provincial.
-Viernes 18/12: se autoriza el acceso a casas de veraneo, para personas que tengan domicilio en otras provincias.
Viernes 01/01 (2021): comienza la temporada de verano para todo el turismo, incluyendo visitas nacionales e internacionales.
Lo que hay que saber para movilizarse con fines turísticos en la provincia
a. Propietarios Residentes en la Provincia de Córdoba
1) Documentación comprobatoria de titularidad del dominio (copia de servicio pago a su nombre o copia de escritura o boleto, etc.).
2) Cumplir con la normativa de control sanitario provincial y los requerimientos particulares que puedan definir las autoridades municipales o comunales.
b. Propietarios no residentes en la Provincia de Córdoba
1) Bajar y mantener habilitada la APP ¨Cuidar¨ mientras dure su estancia en nuestra provincia.
2) Deberán, en caso de trasladarse en vehículo propio, estar atentos a las rutas habilitadas de acceso a la Provincia.
3) El conductor deberá disponer del certificado de circulación correspondiente y demás requisitos normales para circular por rutas argentinas.
4) En caso de requerir atención médica en nuestra provincia, por patología COVID u otra, deberán proceder según lo que se define en los capítulos siguientes.
c. Turistas con o sin domicilio en la Provincia de Córdoba
1) Comprobante de las reservas efectuadas.
2) Bajar y mantener activos los datos de la APP ¨Cuidar¨.
3) Deberán, en caso de trasladarse en vehículo propio, estar atentos a las rutas de acceso habilitadas
4) El conductor deberá disponer del certificado de circulación correspondiente y demás requisitos normales para circular por rutas argentinas.
d. Reglamentación para quienes ingresen a la provincia
1) Cumplir con todas las normas sanitarias vigentes, nacionales, provinciales o de la jurisdicción donde se encuentra realizando turismo.
2) Mantener el distanciamiento social, de al menos 2 metros en comercios esenciales, no esenciales, en espacios públicos cerrados (galerías, shopping centers, etc.) y durante la circulación en vía pública.
3) Es obligatorio el uso de barbijo o máscara que tape nariz, boca y mentón, en todos los espacios públicos y comerciales, así como en las áreas de recreación incluidas las playas controladas públicas y privadas y otros espacios turísticos.
4) Ante cualquiera de los síntomas expuestos en la definición de caso, u otros que le resulten extraños, debe consultar al centro de salud más cercano a su domicilio, o en el front desk del hotel, o con el administrador generador de su alquiler, quienes sabrán donde dirigirlo.